Curso de Scoring


Curso de Scoring


Sistema de evalución permanente de conductores

El Sistema de Evaluación Permanente de Conductores (SEPC), implementado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, consiste en la asignación de un puntaje (20 puntos) a cada conductor poseedor de licencias de conducir otorgadas por el G.C.B.A y el descuento de puntos en función de las infracciones cometidas.
Se le otorgarán veinte (20) puntos a cada conductor. Cada descuento parcial de puntos queda sin efecto a los dos (2) años de efectuado, siempre que el conductor, durante ese lapso no haya alcanzado los cero (0) puntos.
Cuando se alcancen los (0) puntos, el castigo será la inhabilitación para conducir durante un lapso que podrá extenderse desde los sesenta (60) días hasta los cinco (5) años. Además, en ese lapso, tendrá que aprobar un curso de educación vial y prevención de accidentes de tránsito.
Dichos cursos, como así también los que permiten recuperar parcialmente cuatro (4) puntos, podrán realizarse en nuestro Centro de Capacitación y Profesionalización: "Arturo Jauretche".
Para más información dirigirse a Muñiz 1653, C.A.B.A., o telefónicamente al 4920-7050 al 7053 de lunes a viernes en el horario de 8.30 a 12.30 y de 13.30 a 18.30 hs.

Centro de Capacitación y Profesionalización "Arturo Jauretche"
Muñiz 1653 - C.A.B.A
Teléfonos: 4920.7050/ 7051/ 7052/ 7053
Lunes a Viernes de 8.30 a 12.30 y de 13.30 a 18.30 hs.
Cantidad de puntos que se descuentan en función de las infracciones:
2 (dos) puntos
► Circular sin el cinturón de seguridad.
► No acatar indicaciones de la autoridad.
► Circular sin el casco protector (motos).
4 (cuatro) puntos
► Circular con licencia vencida.
► No cumplir con las condiciones de la licencia (uso de anteojos o lentes de contacto).
► Conducir con licencia de categoría distinta a la correspondiente.
► Conducir con menores sin el dispositivo de retención infantil correspondiente.
► Girar en lugar prohibido (hacia una transversal en forma no reglamentaria o giro en U en la misma arteria).
► Circular marcha atrás en forma indebida y sin justificación. ► Obstruir la vía transversal.
► No ceder el paso a bomberos, ambulancias, policía de servicios públicos o de urgencia.
5 (cinco) puntos
► Circular con cualquier elemento que permita evadir los controles de tránsito y/o velocidad.
► Conducir utilizando celular, mp3 o auriculares.
► Circular en sentido contrario.
► No respetar la prioridad de paso de una bocacalle y/o un indicador de "PARE".
► Interrumpir el paso de filas escolares.
► Circular por calles a más de 10 km y hasta 20 km de la velocidad permitida y en vías rápidas, a más de 20 km y hasta 40 km en exceso de la velocidad permitida.
► Cruzar barreras férreas bajas (contravención).
► Violación de luz roja identificada (contravención).
► No respetar la prioridad de paso de los peatones o senda peatonal.
► Circular, estar estacionado o detenido sin placa de dominio.
►Impedir o dificultar la visualización de la placa de dominio mediante pliegues, añadiduras, mal estado de conservación o que esté colocada en forma antirreglamentaria o girada respecto de su posición normal.
5 (cinco) puntos
► Circular con cualquier elemento que permita evadir los controles de tránsito y/o velocidad.
► Conducir utilizando celular, mp3 o auriculares.
► Circular en sentido contrario.
► No respetar la prioridad de paso de una bocacalle y/o un indicador de "PARE".
► Interrumpir el paso de filas escolares.
► Circular por calles a más de 10 km y hasta 20 km de la velocidad permitida y en vías rápidas, a más de 20 km y hasta 40 km en exceso de la velocidad permitida.
► Cruzar barreras férreas bajas (contravención).
► Violación de luz roja identificada (contravención).
► No respetar la prioridad de paso de los peatones o senda peatonal.
► Circular, estar estacionado o detenido sin placa de dominio.
►Impedir o dificultar la visualización de la placa de dominio mediante pliegues, añadiduras, mal estado de conservación o que esté colocada en forma antirreglamentaria o girada respecto de su posición normal.
10 (diez) puntos
► Negativa al control de alcoholemia, estupefacientes u otras sustancias.
► Circular por las arterias a más de 20 km de la velocidad permitida y en vías rápidas a más de 40 km en exceso de la velocidad permitida.
► Conducir en estado de ebriedad o bajo los efectos de estupefacientes.
► No cumplir las obligaciones legales a cargo, en caso de participar en un accidente de tránsito.
► Circular, estar estacionado o detenido teniendo colocadas placas de dominio de otro vehículo.
20 (veinte) puntos
► Participar, disputar u organizar competencias de velocidad o destreza en la vía pública (Picadas).
Los conductores podrán recuperar parcialmente 4 (cuatro) puntos realizando un curso especializado en educación vial, con temas de derechos humanos y socorrismo.

En caso de llegar a "cero puntos"
A. Por primera vez:
Se lo inhabilitará por 60 (sesenta) días o podrá optar por realizar un curso de educación vial.
B. Por segunda vez
Se lo inhabilitará por 180 (ciento ochenta) días y deberá realizar el curso de educación vial.
C. Por Tercera vez
Se lo inhabilitará por 2 (dos) años y además deberá realizar el curso de educación vial.
D. Por Cuarta vez y sucesivas oportunidades
Se lo inhabilitará por 5 (cinco) años y además deberá realizar el curso de educación vial.


Consecuencias
  • Si en los dos (2) años anteriores a la fecha de finalización del trámite el conductor alcanzó los cero (0) puntos una (1) vez en el Sistema de Evaluación Permanente de Conductores (SEPC), la validez máxima se reduce en un cuarto (1/4) de la correspondiente a su edad.
  • Si por segunda vez el conductor alcanzó los 0 (cero) puntos antes de los 2 (dos) años anteriores al vencimiento de la licencia, al renovarla, la validez máxima se reducirá a la mitad de la correspondiente a su edad.
  • Si en los dos (2) años anteriores a la fecha de finalización del trámite el conductor alcanzó los cero (0) puntos tres (3) veces o más en el SEPC, la validez máxima se reduce en tres cuartos (3/4) de la correspondiente a su edad.
Vigencia de las licencias de conducir
  • Entre los 17 y los 20 años: Serán habilitados por un año la primera vez, y por tres (3) años las siguientes renovaciones, hasta cumplir los veintiún (21) años de edad.
  • Entre los 21 y los 45 años: cada 5 años.
  • Entre los 46 y los 60 años: cada 4 años.
  • Entre los 61 y los 70 años: cada 3 años.
  • De los 71 años en adelante: cada 2 años.
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